- Se dan a conocer los días de suspensión de labores correspondientes al segundo periodo vacacional de 2024.
- Dichos periodos, serán comprendidos de la siguiente manera:
Secretaría de Economía
De conformidad con las disposiciones legales respectivas, se suspenderán labores en la Secretaría de Economía del 19 de diciembre de 2024 al 3 de enero de 2025, por lo que no se consideran como hábiles los días mencionados para efectos de las diligencias o actuaciones de los procedimientos administrativos que, en ejercicio de sus atribuciones, realiza la Secretaría de Economía.
PRODECON
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente suspenderá actividades con motivo del segundo periodo vacacional del jueves 19 de diciembre de 2024 al viernes 3 de enero de 2025, reanudando labores el lunes 6 de enero de 2025, por lo que en dichos períodos vacacionales se suspenden y no correrán los plazos y términos legales en los actos, trámites y procedimientos sustanciados o que deban sustanciarse en las unidades administrativas adscritas a esta Procuraduría, la suspensión incluye la recepción de documentos.
SAT
El Servicio de Administración Tributaria publicó en el Diario Oficial de la Federación las fechas del segundo periodo general de vacaciones del año, el cual menciona que el periodo vacacional para los funcionarios será del 23 al 31 de diciembre de 2024, de acuerdo con la resolución. Por lo que el último día de labores será el viernes 20 de diciembre, reanudando actividades el jueves 2 de enero.
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Eliel Amaya Castañeda
Socio Director de Comercio Exterior
Puedes consultar las resoluciones y acuerdos referentes a los periodos vacacionales en los siguientes links:
Eliel Amaya
Socio Director de Comercio Exterior