En esta ocasión platicamos de personas morales en el Podcast “Cuéntame de Economía” de Grupo Expansión.

Cuáles son sus características, qué obligaciones tienen, cómo se deben de comportar en el nuevo Régimen de Confianza, son algunos de los temas que nuestro Socio Director de Legal, Adrián Bueno y nuestro Socio Director de Impuestos, Eduardo Marroquín comentaron en charla con Dainzú Patiño y Alejandro Bazán.

Qué es una persona moral

Adrián Bueno, Socio Director de Legal de Baker Tilly
Adrián Bueno, Socio Director de Legal de Baker Tilly

Adrián Bueno compartió la definición de personas morales como un conjunto de individuos ─en la mayoría de los casos─ que buscan tener una entidad independiente para cumplir con sus obligaciones fiscales.

Personas morales y el Régimen Simplificado de Confianza

Eduardo Marroquín, Socio Director de Impuestos

Por su parte, Eduardo Marroquín explicó que las personas morales deben de tributar en el Régimen Simplificado de Confianza cuando tengan ingresos menores a 35 millones de pesos anuales.

Apuntó que hay algunas excepciones; por ejemplo, cuando los integrantes de la sociedad de una persona moral sean socios de otras empresas o participen en algunas organizaciones civiles o fideicomisos, no tendrán la opción del Régimen Simplificado de Confianza.

Beneficios de estar en el Régimen Simplificado de Confianza como persona moral

El principal beneficio, destacó Eduardo Marroquín, es que el pago de impuestos se hace con base en lo cobrado, y no en lo declarado. «La diferencia es que anteriormente se declaraba al emitir la factura, independientemente de que se pagara en ese momento o después. Ahora, se paga el impuesto cuando se cobra. Es sobre flujo de efectivo».

Hay también algunas deducciones que se han ajustado y la posibilidad de deducir inversiones de forma directa siempre que no excedan los tres millones de pesos anuales.

Obligaciones fiscales de las personas morales en el Régimen Simplificado de Confianza

Las obligaciones fiscales de las personas morales, añadió Adrián Bueno, se centran en presentar sus declaraciones mensuales con su respectivo pago a cuenta de su impuesto anual, cada día 17 del mes; y de hacer su declaración anual antes del 31 de marzo de cada año; además de su cálculo de la Participación de los Trabajadores del Reparto de Utilidades.

Además de las obligaciones específicas del Régimen, tienen otras del Régimen General como estar inscritos al RFC, tener su e-firma, expedir factura, manejar su contabilidad electrónica, y podría haber algunas adicionales en función de cada actividad económica específica.

Sanciones

Eduardo Marroquín comentó que el Código Fiscal de la Federación contempla todas las posibilidades de incumplimiento; sin embargo, resaltó las faltas más comunes: no emitir factura, omitir declaraciones anuales u omitir las informativas, que tienen desde sanciones económicas hasta la cancelación del sello digital para facturar, o la clausura del establecimiento.

Escucha esta interesante plática de nuestros expertos de Baker Tilly que te darán la información necesaria para que identifiques si estás cumpliendo adecuadamente con tus obligaciones fiscales y estés tranquilo.
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