Con el propósito de contrarrestar el efecto inflacionario sobre los precios de los productos que forman parte de la canasta básica e insumos, el Gobierno Federal público el Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación a productos que forman parte de la canasta básica y del consumo de las familias mexicanas
Con la finalidad de contrarrestar el efecto inflacionario sobre los precios de los productos que forman parte de la canasta básica e insumos, la SHCP y la Secretaría de Economía dieron a conocer el listado de 66 fracciones que estarán exentas, temporalmente, del pago de arancel a la importación, entre los que se encuentran:
• Aceite de maíz, arroz, atún, carne de cerdo, carne de pollo, carne de res, cebolla, chile jalapeño, frijol, harina de maíz, harina de trigo, huevo, jabón de tocador, jitomate, leche, limón, maíz blanco, manzana, naranja, pan de caja, papa, pasta para sopa, sardina, sorgo, trigo y zanahoria.
La Secretaría de Economía indicó que cuando se tenga la opinión positiva de la Comisión de Comercio Exterior, también resultará necesario exentar temporalmente el pago de arancel a la importación de otras seis fracciones arancelarias, las cuales refieren a los siguientes productos:
• Animales vivos de las especies bovina, porcina, ovina o caprina, gallos y gallinas.
El decreto, publicado el 16 de mayo de 2022 en el DOF, se relacionan en el Paquete Contra la Inflación y la Carestía (PACIC), mediante el cual el Gobierno Federal busca enfrentar el aumento de precios en insumos básicos y entró en vigor el día de su publicación, salvo sus artículos transitorios.
Puedes consultar el documento completo en este enlace.
Autores
Eliel Amaya
Socio Director de Comercio Exterior e Impuestos Indirectos
eamaya@bakertilly.mx
Karen Martínez
Gerente de Comercio Exterior
kmartinez@bakertilly.mx