El 15 de agosto de 2023 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se crea el Comité Nacional de Facilitación del Comercio y de Respuesta en Situaciones de Emergencia.
Lo anterior bajo el entendimiento de que la facilitación del comercio representa la reducción, simplificación, modernización y armonización de las formalidades y los procedimientos de importación, exportación y tránsito, con el fin de eliminar aquellos que resulten ineficientes, reducir los costos comerciales y simplificar los trámites administrativos, así como con la premisa de que ocurran situaciones de emergencia, a nivel nacional, regional o internacional, que afecten los flujos comerciales e impacten negativamente en la economía nacional como lo fue la pandemia de SARS-CoV-2 (COVID-19), publicación en la que se detallan los siguientes temas:
I. Se crea con carácter permanente el Comité Nacional de Facilitación del Comercio y de Respuesta en Situaciones de Emergencia.
II. El referido Decreto busca establecer la coordinación entre las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, y con base en la normatividad nacional e internacional, con los siguientes objetivos:
- Fomentar el diseño, ejecución y evaluación de programas y acciones en materia de comercio exterior.
- Implementación y aplicación de medidas de facilitación del comercio exterior.
- Coordinación y consulta en materia de flujos comerciales en situaciones de emergencia.
III. Se especifica que el Comité se encontrará integrado por 14 dependencias:
- Secretaría de Economía, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Energía; Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural; Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Secretaría de Salud; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Servicio de Administración Tributaria; Agencia Nacional de Aduanas de México; Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.
IV. Por último, se especifica que el Comité tendrá diversas funciones entre las que destacan:
- Fungir como instancia de coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes en la implementación y aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio y la Decisión No. 5.
- Promover la suscripción de acuerdos y convenios entre las tres órdenes de gobierno, grupos de interés y el sector privado, a fin de coordinar y complementar acciones de mejora en los procesos en materia de facilitación del comercio exterior.
- Analizar y emitir propuestas para mejorar la eficiencia de los procesos y trámites para el comercio exterior.
- Proponer protocolos para el mantenimiento de los flujos comerciales que permitan la continuidad en las cadenas de suministro a nivel internacional, nacional y local en situaciones de emergencia.
El Decreto entró en vigor el 16 de agosto de 2023.
El Decreto abrogó el Acuerdo por el que se creó, con carácter permanente, el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, publicado en el DOF el 22 de enero de 2021.
Pedro Canabal
Socio de Comercio Exterior e Impuestos Indirectos
Karen Martínez
Gerente de Comercio Exterior
Karla Cruz
Gerente de Comercio Exterior