El 7 de julio del año en curso, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se modifica el diverso que establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez, para las operaciones del servicio al público de transporte aéreo exclusivo de carga, publicado el 2 de febrero de 2023.
En ese sentido, dicho documento establece en su artículo ÚNICO que se reforma el QUINTO transitorio del Decreto que nos ocupa, publicado el 2 de febrero de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
“…QUINTO. Los concesionarios y permisionarios que proporcionen el servicio al público de transporte aéreo, nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, con la excepción prevista en el presente decreto, cuentan con un plazo máximo de 148 días hábiles, a partir de la entrada en vigor del presente decreto, para reubicar sus operaciones fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México «Benito Juárez…”
En razón de lo anterior, el plazo para reubicar las operaciones de carga fuera del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México «Benito Juárez», aumenta en 40 días hábiles, siendo la fecha límite para su cumplimiento el próximo 1° de septiembre de 2023.
Recuerda tomar las medidas preventivas, para asegurar la operación de tu negocio o empresa.