Cambios laborales para las empresas, en 2023.
Las nuevas regulaciones y reformas al marco normativo en materia laboral impactarán las actividades productivas de las empresas debido que a partir de 2023 deberán cumplir con una serie de nuevas obligaciones derivadas de cambios legislativos y administrativos.
Medidas sanitarias (Covid-19)
El uso de cubrebocas en los centros de trabajo dejó de ser obligatorio y se convirtió en opcional, por lo que las áreas de recursos humanos de las empresas requerirán implementar medidas de difusión a los empleados sobre los síntomas de las enfermedades virales y la responsabilidad de los contagios para evitar un cierre de la operación de la empresa, además de las posibles sanciones de las autoridades del trabajo y el aumento del ausentismo.
Si bien es cierto que las medidas para combatir la pandemia se han flexibilizado y se estima que para 2023 el Covid-19 se declare como endémico, subsisten las obligaciones laborales empresariales en materia sanitaria, ya que ahora se centrará en la capacitación, información y comunicación a los trabajadores sobre cómo son los mecanismos de contagio, las mejores prácticas para evitarlo y las medidas de monitoreo; así como la implementación de campañas de comunicación interna que fomenten la seguridad, la confianza y la contención de crisis, entre otras; lo cual deberá quedar plasmado en un plan o política para que las autoridades laborales puedan constatarlo.
Teletrabajo
A mediados de 2022 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-037-STPS-2022, “Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo”, cuya etapa de consulta ya concluyó y en breve se publicará la versión final, por lo que estas medidas iniciarán en 2023 para lo cual las empresas deben estar preparadas.
Así, las empresas que adopten el teletrabajo no sólo deben ajustar sus contratos a esta situación, sino que deberán informar a los trabajadores los riesgos a los que están expuestos y las medidas que deben tomar para evitarlos, las herramientas que deben conocer para trabajar de manera segura y evitar riesgos. Los trabajadores que sufran violencia en el hogar pueden reincorporarse de manera presencial ya que el teletrabajo es reversible, por lo que las empresas deberán considerar tener espacios físicos para quienes requieran trabajar en sus instalaciones.
Salario mínimo
En 2023 el salario mínimo aprobado por el Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos aumentará 20 por ciento quedando de la siguiente manera:
- $1,584 pesos adicionales al mes en la zona libre de la frontera norte, es decir $312.41 pesos diarios; y,
- $1,052 pesos adicionales al mes en el resto de la República, es decir $207.44 pesos diarios.
Lo anterior, afectará a los salarios convencionales que lleguen al importe del salario mínimo aprobado, a los créditos del Infonavit que estén en salarios mínimos y todos aquellos indicadores que tengan como referencia éste para lo cual las empresas deberán hacer los ajustes y atender esta situación.
Vacaciones
A partir del 1 de enero de 2023 entra en vigor la reforma en materia de vacaciones que duplica el mínimo de días que establece la Ley Federal del Trabajo, lo que es un beneficio para los trabajadores, pero al mismo tiempo trae desafíos importantes para las empresas.
Lo anterior, debido a que provocará un incremento en el monto de la prima vacacional lo que repercutirá en materia de seguridad social, pago de impuestos y costos de producción y prestación de los servicios que proporcionan las empresas.
Las empresas deberán ajustar y tomar las medidas necesarias para aplicar las modificaciones en materia de vacaciones de los trabajadores, ya que éstas serán aplicables tanto a los contratos individuales como a los contratos colectivos de trabajo vigentes, cualquiera que sea su forma o denominación, bajo la interpretación que resulte más favorable a los derechos de las personas trabajadoras.
Justicia laboral
A partir de 2023 operará en todo el país el nuevo sistema de justicia laboral que consiste en que en los conflictos laborales deben agotar la etapa de conciliación antes de iniciar un juicio ante un tribunal.
Por tanto, las empresas deben considerar que primero deberán llevarse audiencias conciliatorias en cualquier conflicto laboral para llegar a un acuerdo previo a iniciar cualquier juicio, por lo que deben fortalecer sus áreas de recursos o capital humano para contar con la asesoría rápida y oportuna. De no acudir a la conciliación o que el representante de la empresa no tenga facultades para conciliar se tendrá por no comparecido, lo que llevaría a una multa que puede ser de hasta $9,600 y a la posibilidad de que el conflicto laboral escale y sea oneroso.
Dado que los conflictos laborales pueden solucionarse en las audiencias conciliatorias y con ello evitar mayores erogaciones y problemas legales, las empresas deben prevenir lo necesario.
Democracia sindical
En este tema las empresas están en cuenta regresiva ya que el 1 de mayo de 2023 concluye el plazo para que los sindicatos legitimen los contratos colectivos de trabajo; obligación que surge de la reforma laboral de 2019 y que incluye el voto libre, directo, secreto y personal para los procesos de democracia sindical.
Las nuevas reglas de democracia sindical implican que las empresas eviten cualquier acción que pueda interpretarse como injerencia en la vida colectiva de las personas trabajadoras, por lo que las empresas deben permitir a sus trabajadores tomar las acciones pertinentes si ellos quieren legitimar su contrato colectivo, si desean continuar con el mismo sindicato, o bien, permanecer libres de sindicato, que también es un derecho.
Por ello, es importante que las empresas tomen en cuenta estos derechos para el camino de la vida sindical, sin tener injerencia, pero sí estar preparadas para cualquier eventualidad.
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Recuerda que los equipos de servicios legal, seguridad social, nóminas e impuestos de Baker Tilly estamos a sus órdenes para apoyarlos en estos temas o atentos para resolver cualquier duda o comentario sobre el particular.
Autor:
Alberto Vela
Socio de Legal
Adrián Bueno
Socio Director de Legal