El 7 de enero de 2025, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Anexos 10, 22 y 27 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025. A continuación, se detallan los cambios más relevantes:
Modificaciones al Anexo 22
Apéndice 8 “Identificadores”
- En el identificador CS - “Copia Simple”, apartado complemento 2, punto 4, se elimina la referencia a que las comercializadoras de vehículos nuevos debían estar identificadas por la Secretaría de Economía.
- En el identificador MJ - “Operaciones de empresas de mensajería y paquetería de mercancías no sujetas al pago de IGI e IVA”, se elimina el supuesto que indicaba que este se utilizaría solo cuando el valor aduana de las mercancías no excediera los 50 dólares.
Apéndice 23
El apéndice “Pago Electrónico” de las RGCE 2024 se reubicó al Apéndice 20 de las RGCE para el ejercicio 2025.
Anexos 10 y 27
No se presentaron modificaciones, adiciones o eliminaciones respecto a lo establecido en las RGCE para 2024.
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Eliel Amaya
Socio Director de Comercio Exterior